Se prescribirá siempre en función de criterios clínicos, similar al resto de los procesos respiratorios agudos.
Se prescribirá siempre en función de criterios clínicos, similar al resto de los procesos respiratorios agudos.
Para las personas que resulten positivas, sí se les tramitará la baja laboral durante al menos 5 días tras inicio de los síntomas o diagnóstico y hasta que tengan test antígeno rápido negativo. En cualquier caso, a partir del séptimo día desde el inicio de los síntomas (o desde la prueba positiva en caso de personas asintomáticas) podrán reincorporarse a su puesto de trabajo si están asintomáticas o con síntomas residuales y empleando las medidas preventivas necesarias según la valoración del servicio de riesgos laborales.
*| Centros sanitarios asistenciales, los centros sociosanitarios, centros de día, centros penitenciarios y otros centros con personas institucionalizadas|